A- de 2022
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Alianza Medellin Antioquia Eps Sas Savia Salud·Demandado Ese Hospital El Carmen De Amalfi Antioquia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de procesos ejecutivos derivados del incumplimiento de un contrato estatal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de Amalfi, Antioquia y el Juzgado Treinta y Uno Administrativo del Circuito de Medellín, Antioquia.
La controversia se presentó respecto a una demanda interpuesta ejecutiva interpuesta por Savia Salud E.P.S en contra de la E.S.E.
Hospital el Carmen de Amalfi de Antioquia, con el fin de que se libre mandamiento de pago de las obligaciones contenidas en diferentes facturas de venta, configuradas por la EPS en virtud de los contratos de prestación de servicios.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que, cuando una entidad estatal incorpore derechos en títulos valores en el marco de sus relaciones contractuales, y quien fue parte en ese contrato la demande para hacer efectivo el pago del derecho incorporado, la jurisdicción competente será la de lo contencioso-administrativo, por tratarse de controversias derivadas del contrato estatal.
Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Treinta y Uno Administrativo de Medellín, Antioquia para lo de su competencia y para que comunique la decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Promiscuo del Circuito de Amalfi, Antioquia y el Juzgado Treinta y Uno Administrativo de Medellín, Antioquia, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Treinta y Uno Administrativo de Medellín, Antioquia el conocimiento del proceso ejecutivo adelantado por Alianza Medellín Antioquia S.A.S - Savia Salud E.P.S.- contra la E.S.E. Hospital el Carmen de Amalfi, Antioquia radicado bajo el número 05001- 31 -03 -022 -2021- 00246 -00.
- Segundo. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-1838 al Juzgado Treinta y Uno Administrativo de Medellín, Antioquia para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Promiscuo del Circuito de Amalfi, Antioquia y a los sujetos procesales dentro del presente asunto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.